355-22-LP26SERVICIO DE TRANSPORTE AÉREO DE CARGA PARA RAPANUI
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14 de septiembre de 2026
DIRECCION SERVICIO SALUD METROPOLITANO O
Región de Valparaíso
Descripción
La contratación de SERVICIO DE TRANSPORTE AÉREO DE CARGA DEL HOSPITAL HANGA ROA DE ISLA DE PASCUA tiene por objeto, cumplir de manera continua la labor asistencial que ha sido encomendada a nuestra Institución, estableciendo las condiciones que permitan alcanzar la combinación más ventajosa entre todos los beneficios del bien o servicio a adquirir, y todos sus costos asociados, presentes y futuros Art. 37° del Reglamento, según el siguiente detalle: ÍTEM DESCRIPCIÓN ITEM SUB-ITEM DESCRIPCIÓN SUBÍTEM UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD REFERENCIAL 1 SERVICIO DE TRANSPORTE AÉREO DE CARGA DEL HOSPITAL HANGA ROA DE ISLA DE PASCUA 1.1 Carga general dura, no perecible, tramo Santiago SCL – Isla de Pascua IPC Kilogramo 63.500 1.2 Carga refrigerada con mantención de cadena de frío, tramo Santiago SCL – Isla de Pascua IPC Kilogramo 4.100 1.3 Carga peligrosa y sustancias biológicas categoría B UN 3373, tramo Santiago SCL – Isla de Pascua IPC Kilogramo 800 1.4 Carga general dura, no perecible, tramo Isla de Pascua IPC – Santiago SCL Kilogramo 2.300 1.5 Carga refrigerada con mantención de cadena de frío, tramo Isla de Pascua IPC – Santiago SCL Kilogramo 3.250 1.6 Carga peligrosa y sustancias biológicas categoría B UN 3373, tramo Isla de Pascua IPC – Santiago SCL Kilogramo 20 1.7 Carga general, dura, no perecible y peligrosa, Tramo C: desde bodega del proveedor hacia Valparaíso puerto yo navieras de la región Metro cúbico M³ 1 1.8 Carga general, dura, no perecible y peligrosa, Tramo D: desde Valparaíso puerto yo navieras de la región hasta dirección dentro de la Región Metropolitana Metro cúbico M³ 1 Las cantidades señaladas en la tabla precedente son referenciales y corresponden al consumo histórico registrado en un período de 18 meses; deberán ajustarse proporcionalmente a la vigencia definitiva del contrato. El Hospital Hanga Roa no se obliga a transportar la totalidad de dichas cantidades. El servicio comprende los siguientes tramos, que el oferente deberá cotizar íntegramente en el Anexo N° 8: a Tramo A: transporte aéreo desde Santiago SCL hasta Isla de Pascua IPC, cotizado por kilogramo. b Tramo B: transporte aéreo desde Isla de Pascua IPC hasta Santiago SCL, cotizado por kilogramo. c Tramo C: traslado de carga general, dura, no perecible y peligrosa desde la bodega del proveedor hacia Valparaíso, con entrega en el puerto yo en las navieras de la región, cotizado por metro cúbico. d Tramo D: traslado de carga general, dura, no perecible y peligrosa desde Valparaíso, retirando en el puerto yo en las navieras de la región, hasta la dirección que el Hospital indique dentro de la Región Metropolitana, cotizado por metro cúbico. Asimismo, el oferente deberá cotizar en el Anexo N° 8 los cargos extras que procedan: recargo por el retiro de mercaderías en la Región Metropolitana, su traslado y acopio en bodega del proveedor; recargo por retiro urgente en horario hábil; recargo por retiro urgente en horario inhábil; recargo por carga mínima inferior a 2 kilogramos en los tramos A y B; y recargo por carga mínima inferior a 10 metros cúbicos en los tramos C y D. Al momento de adjudicar, el hospital podrá aumentar o disminuir hasta en un 30% de las cantidades estimadas en las presentes bases de licitación, conforme a los presupuestos disponibles, y sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases de igualdad de los oferentes. Se establece que las cantidades de productos yo servicios son de flujo variable, lo que significa que el Hospital no se compromete a adquirir cantidades específicas de manera periódica, será según los requerimientos del hospital, por lo que en ningún caso se fijará stock mínimo de compra, ni tampoco totales, por lo que el o los adjudicatarios estarán imposibilitados de señalar cantidades mínimas para su despacho. Los servicios se pondrán a disposición de todo el hospital, independiente de la unidad clínica solicitante original, según los requerimientos del hospital y, siempre que exista la correspondiente validación del administrador de contrato. Asimismo, se hace presente que este proceso de licitación se hará por ítem adjudicado, por lo que cada proveedor podrá ofertar por ellos ítems incluyendo la totalidad de sub-ítems correspondientes, por lo que una oferta por ítem incompleto debe ser considerada inadmisible técnicamente. Sólo se podrá hacer excepción en el caso de que ninguna de las ofertas presente ítem completo, permitiendo evaluar al oferente con mayor cantidad de ítems abordados, y que, a la vez, sean técnicamente admisibles. Se deja establecido que, dadas las necesidades críticas del objeto de la licitación, esta contratación no podrá ser condicionada a la suspensión de los servicios a la falta de pagos efectuados por el Hospital, pues pone en riesgo la salud de la población que atiende el Establecimiento.
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