2133-70-LP26208-26 DFL 36 SERV INTERV QX TIROIDECTOMÍA
$219.385.266
27 de agosto de 2026
HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Región de la Araucanía
Descripción
El objetivo principal de esta propuesta pública es contratar el Servicio de Intervenciones Quirúrgicas de Tiroidectomía para Cáncer de Tiroides y Bocios, para dar respuesta a pacientes con Garantías Explícitas en Salud GES y a aquellos que se encuentran en lista de espera quirúrgica, derivados desde los establecimientos de la red Araucanía Norte y Sur, que requieren de estas cirugías, las cuales, por falta de disponibilidad de pabellón y alta demanda, no se logran realizar dentro del horario institucional destinado para ello. Por lo cual, este servicio tiene por finalidad resolver y dar cumplimiento, dentro de los plazos garantizados por Ley, a todas aquellas cirugías de pacientes con diagnóstico de cáncer u otras patologías tiroideas. En este sentido, la no resolución oportuna de estas patologías puede implicar una progresión de la enfermedad, aumentando el riesgo de complicaciones clínicas, deterioro en la calidad de vida de los pacientes e incluso un peor pronóstico en el caso de patologías oncológicas. Asimismo, genera un incremento en la demanda asistencial, mayores costos para el sistema de salud debido a tratamientos más complejos y prolongados, y un eventual incumplimiento de las garantías GES, con las implicancias legales y sanitarias que ello conlleva. Esta situación se origina debido a la limitada disponibilidad de pabellones quirúrgicos en horario institucional, considerando que para esta especialidad se dispone únicamente de acceso a pabellón central los días lunes, instancia en la cual se prioriza la resolución de patologías más complejas. Dicha disponibilidad resulta insuficiente para cubrir la demanda existente, especialmente al destinarse estos espacios preferentemente a cirugías de mayor complejidad y a atenciones de urgencia vital. Con ello, a través de esta propuesta pública se busca otorgar una respuesta continua, oportuna y eficaz a los usuarios que requieren este tipo de intervenciones, las cuales tienen como finalidad, otorgar la protección a la salud pública de los usuarios, y contribuir a la reducción de la lista de espera, evitando el deterioro de las patologías mencionadas y favoreciendo una adecuada recuperación funcional. En consecuencia, se hace necesario complementar la capacidad resolutiva del establecimiento mediante la contratación de estas prestaciones. El servicio se realizará en dependencias del Establecimiento, fuera de horario institucional, y a beneficiarios del Sistema Público de Salud, en las mejores condiciones posibles para ambas partes, según se detalla en las bases administrativas y técnicas, y en Anexo Nº 1. El respectivo contrato estará sujeto a las disposiciones del Decreto con Fuerza de Ley Nº 36, del 10 de Julio de 1980 del Ministerio de Salud y sus modificaciones introducidas por la Ley Nº 18.417, en este sentido, El Prestador de Acciones de Salud se obligará a proporcionar por cuenta y a nombre del Hospital, y por la vía de la delegación, conforme a lo requerido por el inc. 1 del art. 2 del DFL 3680 a los Beneficiarios del Régimen de Prestaciones de Salud de la Ley Nº18.469, las acciones de prevención, fomento, recuperación, protección o de rehabilitación de salud que por este acto se licitan.
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